Carlos Arturo Londoño |
Un Concejal de Tuluá,
el jurídico de la alcaldía de San Pedro y el alcalde de este municipio habrían violado
la ley. Pues un funcionario público como el concejal Carlos Arturo Londoño,
como persona natural contrató directamente con la alcaldía, estando prohibido.
El día 01 de Abril de
2020, actuando en nombre del Municipio de San Pedro, el señor JHON JAIME OSPINA
LOAIZA alcalde Municipal, suscribió el contrato de Suministro UM No.02 de 2020
cuyo objeto fue “Adquisición de kits de alimentos para atender la declaratoria
de calamidad pública y urgencia manifiesta en el Municipio de San Pedro
Departamento del Valle del Cauca de acuerdo al decreto 046 del 23 de marzo de
2020 y el plan de acción covid-19 aprobado por el consejo municipal de gestión
del riesgo por valor de $49.950.420, con el señor CARLOS ARTURO LONDOÑO MARIN,
para la entrega de 780 mercados.
El día 06 de abril de
2020, el señor JHON JAIME OSPINA LOAIZA, en su condición de alcalde suscribió
contrato adicional del contrato de suministro UM No. 02 de 2020 en el sentido
de adicionar el valor en cuantía de $24.975.210. Para un total de contrato de $74.925.630.
El día 23 de abril de
2020, nuevamente el señor JHON JAIME OSPINA LOAIZA, en su condición del alcalde
del Municipio de San Pedro Valle, suscribe el contrato No. UM 11-2020 con el
señor CARLOS ARTURO LONDOÑO MARIN objeto “compraventa de kits de alimentos para
atender la declaratoria de calamidad pública y la urgencia manifiesta en el
municipio de san pedro dpto. del valle del cauca de acuerdo al decreto número
046 del 23 de marzo del 2020 y el plan de acción covid-19 aprobado por el
consejo mpal de gestión del riesgo de desastres” esta vez por el valor de $96.583.558.
Total contratado
$171.509.188,oo
Los anteriores
negocios jurídicos fueron tramitados por el señor CARLOS FERNANDO TOVAR PEREA
en su condición de asesor jurídico de la administración municipal, quien fuera
contratado para tal fin, mediante el contrato de prestación de servicios
profesionales y de apoyo a la Gestión 003 de 2020, cuyo objeto es “Prestación
de servicios profesionales para brindar asesoría y acompañamiento jurídico a los
procesos contractuales de municipio de san pedro valle”
Del anterior contexto
se tiene entonces que mediando acuerdo común entre el señor JHON JAIME OSPINA
LOAIZA a quien le correspondía suscribir el contrato, el señor CARLOS FERNANDO
TOVAR PEREA le correspondía tramitar el contrato y simular la legalidad
del proceso de selección con propuestas,
y al señor CARLOS ARTURO LONDOÑO MARIN celebrar los contratos estatales No.
suministro UM No. 02 de 2020 de 01 de abril de 2020 y UM 11-2020 de 23 de abril
de 2020, en clara violación al régimen constitucional y legal de inhabilidades
e incompatibilidades, en tanto que el señor CARLOS ARTURO LONDOÑO MARIN
conforme lo dispone la constitución política de Colombia es un servidor público
art 123 Constitucional, en su calidad de CONCEJAL DEL MUNICIPIO DE TULUA
VALLE así mismo el art. 127 ibídem
dispone que no puede suscribir contratos con entidades del estado. Al igual la
ley 80 de 1993 en su artículo 8 lo prohíbe.
El Municipio de San
pedro Valle del Cauca, dentro de la
Emergencia COVID 19 y aprovechando una urgencia manifiesta celebro 2 contratos
y un adicional por un valor de
$171.509.188,oo y cuyo objeto fue Adquisición de kits de alimentos para
atender la declaratoria de calamidad pública y urgencia manifiesta, lo anterior desatendiendo la normatividad del
Régimen legal y constitucional de inhabilidades e incompatibilidades, al
entendido de que el contratista es un CONCEJAL DEL MUNICIPIO DE TULUA VALLE. De
igual manera hasta el momento se cuenta con evidencia, de que el contratista;
Concejal de Tuluá Valle CARLOS ARTURO LONDOÑO MARIN” y el asesor Jurídico CARLOS FERNANDO TOVAR
PEREA se habrían interesado indebidamente en dichos contratos, al cabo que
manipularon propuestas, vulnerando con ello la trasparencia y selección
objetiva con que deben actuar los servidores públicos, además de ello actuando
en contravía con postulados constitucionales del artículo 209.
Ayer ante el Juzgado
Promiscuo Municipal de San Pedro Valle del Cauca y de manera virtual, se llevó
cabo audiencias de legalización de captura, imputación de cargos y solicitud de
medida de aseguramiento de los señores CARLOS FERNANDO TOVAR PEREA “Asesor
Jurídico de San Pedro Valle” y CARLOS ARTURO LONDOÑO MARIN “Concejal de Tuluá
Valle” por los delitos de VIOLACION AL REGIMEN LEGAL Y CONSTITUCIONAL DE
INHABILIDADES E INCOMPATIBLIDADES art 408 c.p en concurso heterogéneo con el
delito de Interés Indebido en la Celebración de Contratos art 409 ibidem, de
igual manera se pedirá medida de aseguramiento en contra de estos ciudadanos.
Al caer la tarde, fueron cobijados con Medida de Aseguramiento intramural,
sustituida por Domiciliaria.
La Fiscalía radicó
solicitud de imputación de cargos y de medida de aseguramiento contra el señor
alcalde de San Pedro Valle JHON JAIME OSPINA LOAIZA por el punible de VIOLACION
AL REGIMEN LEGAL Y CONSTITUCIONAL DE INHABILIDADES E INCOMPATIBLIDADES art 408
c.p, solicitud que será atendida una vez se termine con las restricciones para
realizar algunas audiencias